Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

Contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, según el artículo 23.2:

  1. ACabrá recurso de alzada ante el superior jerárquico del órgano que lo dictó.
  2. BCabrá recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes.
  3. CCabrá recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
  4. No cabrá recurso alguno, aunque deberá ser notificado a los interesados.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 23.2 es claro: «contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno». La notificación es obligatoria, pero no abre la vía de alzada, reposición ni recurso contencioso contra ese acuerdo.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 23.2.

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