Conforme Estatutos del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, a efectos de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, el Consejo tendrá la consideración de:

  1. AAgencia pública empresarial.
  2. BAgencia de régimen especial.
  3. Administración Institucional.Respuesta correcta
  4. DÓrgano adscrito a una Consejería.

Explicación

El artículo 7.1 de los Estatutos (en línea con el art. 44.1 de la Ley 1/2014) establece que el Consejo tendrá la consideración de Administración Institucional a los efectos de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2007.

Referencia: Decreto 434/2015, de 29 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, Estatutos, art. 7.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Transparencia», dentro del tema «Estatutos - Capítulo I - Disposiciones generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 7 de Decreto 434/2015. Es la pregunta 3 de 3 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Administración Institucional.».

Artículo o apartado
Artículo 7 de los Estatutos - Régimen jurídico
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 3 de 3
Última revisión

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