Conforme al artículo 2.2 del Decreto 96/2017, ¿qué queda excluido de su ámbito de aplicación?
- ALas acciones de comunicación institucional en periodo electoral.
- BLas páginas, perfiles y canales en redes sociales de las entidades.
- La publicidad normativa y otros anuncios de actos que deban publicarse legalmente.Respuesta correcta
- DLas acciones relacionadas con la identidad corporativa de la Junta.
Explicación
El artículo 2.2 dispone: «Queda excluida del ámbito de aplicación de este Decreto la publicidad normativa y otros anuncios de actos que deban publicarse legalmente, de acuerdo con el artículo 2.2 de la citada Ley 6/2005». Las redes sociales (art. 2.3), el periodo electoral (art. 2.4) y la identidad corporativa (art. 2.1) sí están incluidos.
Referencia: Decreto 96/2017 de 27 de junio, por el que se regula la coordinación de la estrategia de imagen institucional, art. 2.2.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Relaciones con la ciudadanía», dentro del tema «Capítulo I - Disposiciones generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 2 de Decreto 96/2017. Es la pregunta 2 de 4 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «La publicidad normativa y otros anuncios de actos que deban publicarse legalmente.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Relaciones con la ciudadanía
- Artículo o apartado
- Artículo 2 - Ámbito objetivo
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 2 de 4
- Última revisión
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