AdministraciónDificultad: BásicaTemario
Conforme al artículo 2 de la Ley 9/2007, ¿con qué personalidad jurídica actúa la Administración de la Junta de Andalucía para el cumplimiento de sus fines?
- ACon personalidad jurídica múltiple, una por cada Consejería en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
- BCon personalidad jurídica solo cuando ejerce potestad sancionadora conforme a lo previsto en esta Ley.
- CSin personalidad jurídica propia, actuando siempre en nombre del Estado.
- Con personalidad jurídica única, sin perjuicio de la que tengan atribuida las entidades instrumentales de ella dependientes.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 2.2 dispone que la Administración de la Junta de Andalucía, constituida por órganos jerárquicamente ordenados, actúa para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única, sin perjuicio de la que tengan atribuida las entidades instrumentales de ella dependientes. No existe una personalidad por Consejería, ni actúa sin personalidad en nombre del Estado, ni limita la personalidad al ejercicio de la potestad sancionadora.
Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, artículo 2.
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