Conforme al artículo 1.3 del Código Civil, ¿cuándo rige la costumbre?

  1. ACon preferencia a la ley cuando haya sido reconocida de forma reiterada por los tribunales.
  2. BEn defecto de ley y de principios generales, siempre que haya sido publicada oficialmente.
  3. CJunto con la ley, si ha sido invocada por ambas partes y no perjudica a terceros.
  4. En defecto de ley aplicable, si no es contraria a la moral o al orden público y resulta probada.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 1.3 establece que «la costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público, y que resulte probada».

Referencia: Código Civil, art. 1.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Código Civil», dentro del tema «Título PRELIMINAR - De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia / Capítulo I - Fuentes del derecho». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 1 de Código Civil. Es la pregunta 2 de 4 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «En defecto de ley aplicable, si no es contraria a la moral o al orden público y resulta probada.».

Artículo o apartado
Artículo 1 - Fuentes del derecho
Normativa
Código Civil
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 2 de 4
Última revisión

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