Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 10 bis.2 de la Ley 13/2007, las cantidades destinadas por la Junta a los programas dirigidos a hombres para la erradicación de la violencia de género:

  1. ANo podrán superar el diez por ciento del presupuesto destinado a la protección integral de las víctimas.
  2. BSe financiarán con cargo a las multas impuestas por infracciones en materia de violencia de género.
  3. CSerán equivalentes a las que se destinen cada año a los centros de acogida de mujeres y menores.
  4. En ningún caso podrán suponer una minoración de las destinadas a la protección integral de las víctimas.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 10 bis.2 dispone que esas cantidades «en ningún caso [...] podrán suponer una minoración de las que tengan por objeto la protección integral de las víctimas». El mismo apartado prevé que los programas incluyan reeducación social, tratamiento psicológico y otros procedimientos técnicos.

Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 10 bis.2.

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