¿Con qué clases de cuentas tesoreras opera la Dirección General competente en materia de tesorería según el artículo 7.2?

  1. AOrdinarias y extraordinarias.
  2. Generales y especiales.Respuesta correcta
  3. CCentrales y provinciales.
  4. DOperativas y de reserva.

Explicación

El artículo 7.2 dispone que la Dirección General «operará con cuentas tesoreras, que podrán ser: a) Generales. b) Especiales». Además, para el servicio de caja y de colaboración en la recaudación opera con cuentas restringidas para la recaudación.

Referencia: Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, art. 7.2 del Reglamento.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título I - De la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de las Tesorerías de las Entidades Instrumentales, Consorcios y Fondos Carentes de Personalidad Jurídica». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 7 de Decreto 197/2021. Es la pregunta 17 de 63 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Generales y especiales.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 7 - Clasificación de las cuentas de la Tesorería
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 17 de 63
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