¿Con qué antelación debe informarse de una ausencia sindical que requiera sustitución según el artículo 64.2?
- ACuarenta y ocho horas.
- BTres días hábiles.
- Veinticuatro horas.Respuesta correcta
- DDoce horas.
Explicación
El artículo 64.2 exige informar «con una antelación mínima de veinticuatro horas, tomando como referencia el turno del trabajador o trabajadora».
Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 64.2.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo XIX - Derechos sindicales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 64.2. Es la pregunta 3 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Veinticuatro horas.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 64 - Derechos de los Comités de Empresa y Delegados o Delegadas de Personal
- Normativa
- VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 3 de 12
- Última revisión
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