¿Cómo se devenga la indemnización del Delegado según el artículo único.4 del Decreto 230/1995?

  1. Por doceavas partes.Respuesta correcta
  2. BPor trimestres vencidos.
  3. CEn un pago único anual.
  4. DPor catorceavas partes.

Explicación

El último párrafo del artículo único.4 establece que «la citada indemnización se devengará por doceavas partes».

Referencia: Decreto 230/1995, de 3 de octubre, artículo único, apartado 4.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Unión Europea», dentro del tema «Artículo único - Delegado de la Junta de Andalucía en Bruselas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en la normativa: Decreto 230/1995. Es la pregunta 12 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Por doceavas partes.».

Materia
Unión Europea
Artículo o apartado
Artículo único - Delegado de la Junta de Andalucía en Bruselas
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 12 de 12
Última revisión

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