¿Cómo define el artículo 2.d) de la Ley de Transparencia Pública de Andalucía el Portal de la Junta de Andalucía?

  1. ASede electrónica del Consejo de Transparencia que ofrece la información pública mediante tasa.
  2. Dirección electrónica de titularidad de la Junta que ofrece servicios e informaciones de manera totalmente gratuita.Respuesta correcta
  3. CDirección electrónica compartida por las administraciones andaluzas para la reutilización de datos.
  4. DRegistro electrónico de la Junta destinado a la presentación de las solicitudes de acceso.

Explicación

El artículo 2.d) define el Portal como la dirección electrónica cuya titularidad, gestión y administración corresponde a la Administración de la Junta, que pone a disposición de la ciudadanía servicios e informaciones de manera totalmente gratuita.

Referencia: Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, art. 2.d.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Transparencia», dentro del tema «Título I - Disposiciones generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 2 de Ley 1/2014. Es la pregunta 4 de 32 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Dirección electrónica de titularidad de la Junta que ofrece servicios e informaciones de manera totalmente gratuita.».

Artículo o apartado
Artículo 2 - Portal de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 4 de 32
Última revisión

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