Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario
Antes de reunirse, ¿qué publicará el Gobierno según el artículo 31.1 de la Ley 6/2006?
- ALas opiniones reservadas de la Secretaría del Consejo de Gobierno.
- BEl contenido íntegro de las deliberaciones previstas para la sesión.
- El orden del día previsto y, después, los acuerdos que se hayan aprobado.Respuesta correcta
- DLos votos particulares emitidos por cada miembro del Consejo.
Explicación
El artículo 31.1 exige publicar el orden del día previo y, después, los acuerdos. Las deliberaciones son secretas (art. 31.2).
Referencia: Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, artículo 31.
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- Según el artículo 28 de la Ley 6/2006, el Consejo de Gobierno se rige por esta Ley, por decretos de la Presidencia y del Consejo y:
- Conforme al artículo 29.1 de la Ley 6/2006, el Consejo de Gobierno se reúne:
- Según el artículo 29.2 de la Ley 6/2006, el Consejo puede reunirse sin convocatoria previa cuando:
- De acuerdo con el artículo 30.1 de la Ley 6/2006, los acuerdos del Consejo se adoptan:
- Según el artículo 30.2 de la Ley 6/2006, para la válida constitución del Consejo se requiere:
- Conforme al artículo 30.3 de la Ley 6/2006, en el acta del Consejo figurarán, exclusivamente:
- Conforme al artículo 31.2 de la Ley 6/2006, deliberaciones, opiniones y votos del Consejo:
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