¿A quién puede impedir el uso de las obras el concesionario según el artículo 259.3 de la Ley 9/2017?
- AA los usuarios que no residan en el término municipal.
- BA cualquier usuario, por razones de rentabilidad.
- A los usuarios que no abonen la tarifa correspondiente.Respuesta correcta
- DA los vehículos de las Administraciones Públicas.
Explicación
El artículo 259.3 dispone que el concesionario podrá impedir el uso de las obras a aquellos usuarios que no abonen la tarifa correspondiente, sin perjuicio de la legislación sectorial.
Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 259.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO II - De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas / CAPÍTULO II - Del contrato de concesión de obras / Sección 4.ª Derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la Administración concedente / Subsección 1.ª Derechos y obligaciones del concesionario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 259 de Ley 9/2017. La respuesta correcta es la opción C: «A los usuarios que no abonen la tarifa correspondiente.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 259 - Uso y conservación de las obras
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Última revisión
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