¿A quién faculta la disposición adicional primera del Decreto 230/1995 para dictar las normas de desarrollo y aplicación del Decreto?

  1. Al Consejero de la Presidencia.Respuesta correcta
  2. BAl Consejero de Economía y Hacienda.
  3. CAl Consejero de Gobernación.
  4. DAl propio Delegado en Bruselas.

Explicación

La disposición adicional primera faculta «al Consejero de la Presidencia para que dicte, dentro del ámbito de sus competencias, las normas que resulten precisas para el desarrollo y aplicación de este Decreto».

Referencia: Decreto 230/1995, de 3 de octubre, disposición adicional primera.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Unión Europea», dentro del tema «Disposiciones adicionales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en la normativa: Decreto 230/1995. Es la pregunta 1 de 2 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Al Consejero de la Presidencia.».

Materia
Unión Europea
Artículo o apartado
Disposición adicional primera - Habilitación normativa
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 2
Última revisión

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