¿A partir de qué valor estimado son recurribles mediante recurso especial los contratos de suministro y servicios según el artículo 44.1.a) de la Ley 9/2017?

  1. Superior a cien mil euros.Respuesta correcta
  2. BSuperior a cuarenta mil euros.
  3. CIgual o superior a 216.000 euros.
  4. DSuperior a quince mil euros.

Explicación

El artículo 44.1.a) se refiere a los contratos «de suministro y servicios, que tenga un valor estimado superior a cien mil euros».

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 44.1.a).

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO PRIMERO - Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos / TÍTULO I - Disposiciones generales sobre la contratación del sector público / CAPÍTULO V - Del recurso especial». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 44 de Ley 9/2017. Es la pregunta 2 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Superior a cien mil euros.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 44 - Recurso especial en materia de contratación: actos recurribles
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 2 de 20
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