¿A favor de quién se generan con carácter general los documentos de pago, según el artículo 49.1?

  1. AA favor de las entidades de crédito pagadoras.
  2. BA favor de los órganos gestores del gasto.
  3. CA favor de las personas cesionarias del crédito.
  4. A favor de las personas acreedoras directas.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 49.1 dispone que «Los documentos de pago se generarán con carácter general a favor de las personas acreedoras directas», que son aquellas a cuyo favor se han contraído las obligaciones. Si se comunica fehacientemente una cesión, la orden se expide a favor de la cesionaria (art. 49.2).

Referencia: Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, art. 49.1 del Reglamento.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título IV - De las ordenaciones de pagos y del procedimiento de pago de la Tesorería General de la Junta de Andalucía». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 49 de Decreto 197/2021. Es la pregunta 15 de 62 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «A favor de las personas acreedoras directas.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 49 - Elementos de los documentos de pago
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 15 de 62
Última revisión

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