Decreto 197/2021, de 20 de julio: Reglamento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, resumen y test

El Decreto 197/2021, de 20 de julio aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria. Es materia de Hacienda en las oposiciones de la Junta de Andalucía. Aquí tienes los datos oficiales del decreto, su estructura por títulos, un resumen y 8 preguntas tipo test. Cada pregunta indica el artículo del que sale.
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Datos oficiales del Decreto 197/2021
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Título oficial | Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria |
| Publicación | BOJA núm. 142, de 26 de julio de 2021 |
| Entrada en vigor | El día siguiente al de su publicación en el BOJA (disposición final quinta) |
| Estado | Vigente. Texto consolidado en la Sede BOJA, versión de 7/06/2022 (ficha en la Sede BOJA; BOJA núm. 106, de 6/06/2022) |
| Deroga | Entre otras normas, el Decreto 40/2017, de 7 de marzo, que regulaba la organización y el funcionamiento de la Tesorería General y la gestión recaudatoria (disposición derogatoria única) |
Los formularios de los anexos se rectificaron por resoluciones de 13/05/2022 (BOJA de 19/05/2022) y de 14/12/2022 (BOJA de 27/12/2022).
Estructura del Decreto 197/2021 de 20 de julio
El decreto tiene:
- un artículo único, que aprueba el Reglamento;
- una disposición derogatoria única;
- cinco disposiciones finales. Entre ellas, la tercera modifica el Decreto 9/2012 y la quinta fija la entrada en vigor.
El Reglamento tiene 92 artículos en cinco títulos, 9 disposiciones adicionales y 9 transitorias:
| Título | Contenido | Artículos |
|---|---|---|
| I | La Tesorería General de la Junta de Andalucía y las tesorerías de las entidades instrumentales, consorcios y fondos carentes de personalidad jurídica: cuentas y cajas, transparencia y entes instrumentales | 1–24 |
| II | Gestión recaudatoria de los ingresos de Derecho Público de la Comunidad Autónoma | 25–31 |
| III | Procedimiento de devolución de ingresos | 32–39 |
| IV | Ordenaciones de pagos y procedimiento de pago de la Tesorería General: procedimiento general, procedimientos especiales y cesión de los derechos de cobro | 40–83 |
| V | Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma | 84–92 |
Resumen del Reglamento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía
- Tesorería y cuentas (título I). Para cubrir necesidades transitorias de tesorería, la Dirección General competente en materia de tesorería puede tramitar operaciones de crédito por plazo inferior a un año (art. 6.3). Opera con cuentas tesoreras generales y especiales (art. 7.2). La autorización provisional de una cuenta pierde su eficacia si el contrato no se formaliza en seis meses (art. 13.2).
- Recaudación (título II). El art. 31 enumera los medios de ingreso; entre ellos está la tarjeta bancaria.
- Pagos (título IV). Las entidades de crédito ejecutan las transferencias el mismo día de su recepción (art. 54.4).
- Caja General de Depósitos (título V). Regula la constitución, la cancelación y la incautación de garantías y depósitos (arts. 84 a 92).
Test del Decreto 197/2021 (8 preguntas)
1. ¿Para qué habilita la disposición final primera del Decreto 197/2021 a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda?
- a) Para regular el procedimiento de elaboración de la nómina general del personal de la Junta de Andalucía.
- b) Para aprobar los modelos normalizados de constitución de garantías y depósitos ante la Caja General.
- c) Para determinar los porcentajes de incremento de los pagos que deban efectuarse en moneda extranjera.
- d) Para fijar la cuantía por debajo de la cual no se exigirán garantías en las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento.
Respuesta correcta: d). Fuente: Decreto 197/2021, disposición final primera del Decreto.
2. Para cubrir necesidades transitorias de tesorería, ¿qué puede tramitar la Dirección General competente en materia de tesorería según el artículo 6.3?
- a) Emisiones de deuda pública a plazo superior a un año.
- b) Anticipos con cargo a la Caja General de Depósitos.
- c) Disposiciones de los saldos de las cuentas restringidas de recaudación.
- d) Operaciones de crédito por plazo inferior a un año.
Respuesta correcta: d). Fuente: Decreto 197/2021, art. 6.3 del Reglamento.
3. ¿Con qué clases de cuentas tesoreras opera la Dirección General competente en materia de tesorería según el artículo 7.2?
- a) Ordinarias y extraordinarias.
- b) Generales y especiales.
- c) Centrales y provinciales.
- d) Operativas y de reserva.
Respuesta correcta: b). Fuente: Decreto 197/2021, art. 7.2 del Reglamento.
4. ¿Qué ocurre con la autorización provisional si en seis meses desde su notificación no se ha formalizado el contrato con la entidad de crédito?
- a) Pierde su eficacia, lo que se notifica al órgano que solicitó la apertura de la cuenta.
- b) Se prorroga automáticamente por otros seis meses a petición del órgano solicitante.
- c) Se transforma en autorización definitiva por silencio administrativo positivo.
- d) Queda en suspenso hasta que la Intervención Delegada informe sobre el retraso.
Respuesta correcta: a). Fuente: Decreto 197/2021, art. 13.2 del Reglamento.
5. ¿Cuál de los siguientes figura entre los medios de ingreso enumerados en el artículo 31.1 del Reglamento?
- a) La compensación de deudas.
- b) La dación en pago de bienes.
- c) El pagaré a la orden.
- d) La tarjeta bancaria.
Respuesta correcta: d). Fuente: Decreto 197/2021, art. 31.1 del Reglamento.
6. Según el artículo 31.2, ¿para qué medios de ingreso puede la Consejería de Hacienda establecer por Orden los términos de su utilización?
- a) Domiciliación bancaria, tarjeta bancaria y medios de pago electrónicos.
- b) Dinero de curso legal, giros y cheques nominativos cruzados.
- c) Transferencias, cheques y domiciliación en entidad colaboradora.
- d) Giros postales, tarjeta bancaria y dinero de curso legal.
Respuesta correcta: a). Fuente: Decreto 197/2021, art. 31.2 del Reglamento.
7. ¿Cuándo deben ejecutar las entidades de crédito las transferencias ordenadas por la Tesorería, según el artículo 54.4?
- a) En el día hábil siguiente a su recepción.
- b) En los dos días hábiles siguientes a su recepción.
- c) En el mismo día de su recepción.
- d) En la fecha valor que figure en cada documento de pago.
Respuesta correcta: c). Fuente: Decreto 197/2021, art. 54.4 del Reglamento.
8. ¿Qué garantías quedan excluidas del ámbito de la Caja General de Depósitos, según el artículo 85.3?
- a) Las constituidas a disposición de las agencias públicas empresariales del artículo 2.1.
- b) Las constituidas a favor de la Administración en operaciones de los fondos carentes de personalidad jurídica.
- c) Las garantías provisionales en efectivo de procedimientos de contratación pública.
- d) Las constituidas a disposición de los consorcios del artículo 1.b).
Respuesta correcta: b). Fuente: Decreto 197/2021, art. 85.3 del Reglamento.
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Fuente: texto consolidado del Decreto 197/2021 en la Sede BOJA (Normativa consolidada), versión de 7/06/2022, y texto original del BOJA núm. 142, de 26/07/2021.
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